Los electores de 18 a 70 años están obligados a ejercer su voto democrático en las PASO. Si no votás y justificás tu ausencia, deberás pagar una multa económica que varía entre $50 y $500. El monto exacto es fijado por la Cámara Nacional Electoral en función de la falta cometida.
Para pagar la multa, tenés que ingresar a la página web del Registro de Infractores al Deber de Votar, realizar la consulta con tu número de DNI y seleccionar las elecciones a las que no asististe https://infractores.padron.gob.ar/
Si no pagás la multa, serás considerado infractor y no podrás ejercer cargos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, no podrás realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
En las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, las listas ganadoras de las agrupaciones políticas deben superar el 1,5% de los votos válidos emitidos para poder competir en las elecciones generales.
Elecciones PASO 2023: ¿en qué casos estoy justificado para no ir a votar?
En caso de encontrarte a una distancia superior a 500 kilómetros del lugar donde debes votar el día de las elecciones, tendrás la responsabilidad de justificar ante la autoridad policial más cercana que dicha situación obedece a motivos razonables.
Si estás enfrentando una enfermedad o una situación que te imposibilita asistir al centro de votación debido a una causa de fuerza mayor, deberás presentar una justificación a médicos del servicio de sanidad nacional.
Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y tu incapacidad para asistir a votar está relacionada con el cumplimiento de funciones inherentes a tu puesto, estarás eximido de la obligación de votar.
En el caso de ser juez o auxiliar, si el Código Electoral Nacional dispone que debes asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante el periodo de comicios, también estarás exento de la obligación de emitir tu voto.