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Calendario electoral: está prohibido hacer actos públicos para captar votos

Entrada en vigencia la prohibición de realizar actos y anuncios públicos de gestión que puedan promover la captación del sufragio, los precandidatos que cumplen actualmente funciones en el ejecutivo provincial, como el gobernador Raúl Jalil, o los intendentes que van por la reelección en sus municipios, deberán deberán recurrir a mecanismos diferentes a los utilizados hasta el momento para evitar incumplir con el Código Electoral Nacional.

La veda, contempla que los precandidatos ya no podrá hacer uso de los cortes de cinta o los grandes anuncios de proyectos de gestión de cara a las PASO del próximo 13 de agosto. Así lo especifica el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, Ley 19.945 que establece: "Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo".

La normativa remarca además que está prohibido "la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten".

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