Las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), programadas para el próximo 13 de agosto, requieren la asistencia obligatoria de los votantes. Aquellos que no puedan asistir deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral para evitar posibles multas.
Las sanciones económicas por no votar en las PASO varían entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70. Tendrán un período de "sesenta (60) días a partir de la respectiva elección" para justificar su ausencia.
Además, se considera una excepción a aquellos que estén enfermos o incapacitados para asistir al lugar de votación debido a razones de fuerza mayor debidamente comprobadas y justificadas. También quedan exentos de votar las personas que forman parte de organismos y empresas de servicios públicos que, debido al cumplimiento de sus funciones, no pueden asistir a votar. Por último, se incluye a aquellos ciudadanos que son jueces o auxiliares.
Las multas por no emitir el sufragio en las PASO se establecen de la siguiente manera: si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar, deberá pagar $50. Si tiene una infracción previa, la multa será de $100. Con dos infracciones previas sin regularizar, el monto aumentará a $200.
En caso de tener tres infracciones previas sin regularizar, la multa será de $400. Si el votante acumula cuatro o más infracciones previas sin regularizar, la multa ascenderá a $500.
Existen diferentes métodos para pagar las multas, como transferencia de crédito o bancaria a través del Banco de la Nación Argentina, o en efectivo de manera presencial en cualquier sede del banco. También es posible realizar el pago de manera virtual.
A pesar de que las elecciones primarias fueron establecidas en 2009, las PASO se implementaron por primera vez en las elecciones nacionales de 2011. Su objetivo es permitir a los ciudadanos definir las candidaturas a través de internas entre los precandidatos de cada partido o coalición.
Según la Constitución Nacional argentina, el voto es obligatorio para todas las personas de entre 18 y 70 años. Sin embargo, los electores de 16 y 17 años, así como aquellos mayores de 70 años, tienen la opción de votar o no.
Los ciudadanos tienen 60 días a partir de las elecciones para presentar un formulario de justificación ante la Justicia Electoral. Uno de los motivos válidos para justificar la ausencia es encontrarse a más de 500 kilómetros de distancia del lugar de votación en el día de los comicios.