Actualidad

Jueza de Familia de Catamarca utilizó WhatsApp para notificar una sentencia

El Poder Judicial tildó la medida de innovadora y explicaron que puede sentar un precedente.
Por Redacción Inforama

En un hecho sin precedentes, la jueza de Familia de Segunda Nominación de Catamarca ha utilizado la aplicación de mensajería WhatsApp para notificar a un demandado la sentencia en la que se fijó una cuota alimentaria. Esta medida innovadora marca un importante precedente judicial en términos de perspectiva de género y de niñez.

La decisión de utilizar medios tecnológicos para la notificación se tomó debido al desconocimiento por parte del tribunal del domicilio del demandado. La vivienda que solía ser el hogar conyugal era alquilada y solo se contaba con un número de teléfono y una dirección laboral en otra provincia. Ante la necesidad de agilizar el proceso y garantizar el cumplimiento de la obligación alimentaria, la jueza optó por aprovechar los medios tecnológicos disponibles.

La magistrada destacó que tanto la doctrina como la jurisprudencia nacional han respaldado la notificación mediante medios tecnológicos, como el mensaje de WhatsApp o el correo electrónico, a pesar de no estar regulada en los Códigos Procesales. Según explicó, esta forma de notificación es válida en virtud del principio de instrumentalidad de las formas, el cual establece que los actos procesales son válidos y eficaces.

La jueza fundamentó su resolución en el hecho de que las formas procesales no tienen un fin meramente solemne, sino que buscan garantizar la eficacia de los actos procesales. Si se puede lograr esta eficacia por medio de una vía formal distinta a la preestablecida, pero ordenada por el juez o la jueza, el acto es válido y produce sus efectos normales. En otras palabras, la notificación a través de medios tecnológicos puede ser considerada como una forma alternativa de cumplir con los requisitos procesales establecidos por el legislador.

En este caso específico, el demandado no compareció, no respondió a la demanda ni presentó pruebas. La utilización de WhatsApp como herramienta de notificación permitió llevar a cabo el acto procesal de manera efectiva y priorizar el derecho en juego por encima de la dilación procesal.

Esta innovadora medida adoptada por la jueza de Familia de Segunda Nominación de Catamarca representa un avance significativo en el sistema judicial, al utilizar los medios tecnológicos disponibles para garantizar la eficiencia y celeridad de los procesos. Además, refuerza la perspectiva de género y de niñez al tomar en cuenta la importancia de la cuota alimentaria para el bienestar de los hijos e hijas involucrados.

La sentencia notificada por WhatsApp sienta un precedente relevante, que podría marcar el camino para futuros casos en los que sea necesario adaptar las formas de notificación a las nuevas realidades tecnológicas. Esta decisión demuestra la capacidad de adaptación del Poder Judicial de Catamarca ante los desafíos que plantea la sociedad actual, en la que las comunicaciones a través de aplicaciones móviles se han vuelto una herramienta común y accesible para muchas personas.