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Receta electrónica y en papel: a partir de marzo serán los únicos documentos válidos para comprar medicamentos

La foto receta por WhatsApp sigue vigente hasta el 28 de febrero sólo para pacientes con enfermedades crónicas.
Por Redacción Inforama

A raíz de la pandemia por COVID-19, el Ministerio de Salud de la Nación permitió desde abril de 2020 el envío de fotos de las recetas de papel para comprar medicamentos (conocidas popularmente “foto recetas” que se envían habitualmente por chat de Whatsapp o por mail). A fines de diciembre de 2022, la cartera que dirige Carla Vizzotti, dispuso el fin de la vigencia de este medio para el expendio de fármacos y sólo fue prorrogada hasta el 28 de febrero para pacientes con enfermedades crónicas.

Por eso, todas las personas que necesiten adquirir un medicamento en una farmacia o en un centro médico, a partir del 1 de marzo sólo podrán presentar dos tipo de documentos válidos: la receta digital o la orden médica en papel.

Ahora sólo se podrá presentar la receta física en papel con el sello del profesional de salud matriculado o bien una receta electrónica con firma digital certificada.

La medida busca que la misma orden no sea presentada en distintos puntos de venta y, a su vez, que se pueda ejercer mayor control sobre quién firmó la receta. Cuando un profesional de la salud firma la receta de manera digital “tiene registrada la firma y tiene la competencia para emitir una receta y una prescripción”, había explicado la jefa de Gabinete del Ministerio de Salud de la Nación, Sonia Tarragona.

Receta física

La receta física es la prescripción médica manuscrita efectuada por el médico sobre papel, en un recetario. Al momento de confeccionar la receta, el médico utiliza su sello personal con número de matrícula profesional y firma manuscrita. Este documento queda en poder del farmacéutico luego de adquirir un medicamento en una farmacia.

Receta electrónica o digital

La receta electrónica es un archivo digital que el profesional de la salud confecciona con una aplicación específica, lleva firma digital registrada y tiene código de barras. Su uso fue avalado por la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas. La norma fue sancionada en agosto de 2020 pero aún no fue reglamentada.

Según indica la ley, las prescripciones o recetas se deben redactar en idioma nacional, con fecha y firma en forma manuscrita, electrónica o digital. En caso de usar la firma digital, se debe adecuar a la Ley 25.506 de firma digital. El gran inconveniente radica en que la Ley de Recetas Electrónicas está sancionada y vigente, pero quedan vacíos legales y faltan detalles de la instrumentalización que debe hacer cada jurisdicción.

La normativa prevé la creación de un registro digital nacional para las firmas de los profesionales y la implementación de un mecanismo para que tengan un único uso y no pueden utilizarse en varias farmacias, pero todo esto aún no está reglamentado.

La “foto receta” que ya no tendrá validez

La foto de receta enviada por Whatsapp o mail es la imagen de la receta física de papel, una captura digital de la orden médica escrita a mano. Con la pandemia, se extendió su uso, los médicos o sus asistentes enviaban por WhatsApp la imagen y el paciente la reenviaba a la farmacia por distintos canales digitales (correo electrónico o por la aplicación de mensajería). La misma dejará de funcionar o aceptarse en todos los casos desde el 1 de marzo.

Una de las confusiones radica en que muchos se refieren a estos archivos como “receta digitalizada”, pero técnicamente no lo es, es una imagen de una receta analógica (de papel). Este archivo no tiene el valor de una receta digital o electrónica, es la foto de un documento físico.