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Piden investigar posible contaminación y trata de personas en la minera Liex Zijin

El fiscal federal general de la Cámara Federal de Tucumán, Gustavo Gómez, libró un oficio al fiscal federal N° 1 de Catamarca, Santos Reynoso, con el fin de instarlo a investigar a la empresa de litio Liex Zijin, ubicada en Fiambalá, por posible contaminación ambiental y trata de personas.

Gómez confirmó a INFORAMA la remisión del oficio a la Justicia Federal de Catamarca. Su solicitud fue a partir de la clausura de la planta de carbonato de litio de la empresa de capitales chinos el pasado 1 de noviembre por parte de la Policía Minera de Catamarca, ante la supuesta existencia de “serias irregularidades detectadas en el manejo de residuos químicos y el incumplimiento de normas de seguridad e higiene en la planta de procesamiento”.

El fiscal tucumano basa su pedido en las denuncias realizadas por la Asamblea Fiambalá Despierta respecto a la “contaminación de agua y avasallamientos de los derechos de trabajadores y habitantes de la región”. De hecho, los asambleístas sostienen que “la clausura se produce en un contexto de intoxicaciones” de vecinos de esa localidad que consumieron agua de curso natural que habría sido afectada por los trabajos en la planta litífera.

Liex Zijin está a cargo del proyecto Tres Quebradas, ubicado a 170 kilómetros al Oeste de Fiambalá, a unos 30 kilómetros de la frontera con Chile y a más 4.000 msnm. Según señala en su página web, la empresa aguarda la evaluación del plan de manejo ambiental por parte de la Provincia para comenzar la construcción de la mina en el salar 3Q y la planta industrial de carbonato de litio.

Sin embargo, ya cuenta con sucesivas aprobaciones de Informes de Impacto Ambiental (IIA) expedidas por el Ministerio de Minería de la Provincia. Pero el Gobierno no informó acerca del operativo de clausura de la planta.

Acto de puesta en marcha de la primera etapa del proyecto de litio.

A criterio del fiscal Gómez, la investigación de lo que sucede en la mina es necesaria por cuanto la contaminación ambiental “es un delito abstracto”, es decir, “no requiere el ‘efecto daño’, sino solo la potencialidad de que ello ocurra”. En otras palabras, “la peligrosidad en sí de la contaminación producida”.

En ese sentido, recuerda que el artículo 55 de la Ley de Residuos Peligrosos tutela el “bien jurídico de la salud ambiental” y establece que “Será reprimido el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.

Explotación humana

Por otra parte, Gómez señala que en función del hecho denunciado “estamos ante una hipótesis de explotación de las personas empleadas por la empresa minera” apuntada por las organizaciones ambientalistas.

“Las condiciones de extrema precariedad en las que los obreros desarrollan sus tareas podrían subsumirse en las previsiones normativas establecidas en los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal. Esta hipótesis, que estaría configurada por el aprovechamiento de la situación de alta vulnerabilidad de los empleados, amerita la concreción de medidas de prueba tendientes a determinar la entidad de típica del hecho conforme lo baremos de las citadas figuras penales”.

Medidas probatorias

En consecuencia, Gómez pide a Reynoso que libre los siguientes oficios:

La intendenta de Fiambalá, Roxana Paulón, en una reciente visita a la mina de capitales asiáticos.

El oficio del fiscal Gómez a su par Reynoso fue remitido el pasado 7 de noviembre. Hasta ahora no se tomó ninguna medida.

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