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Calendario electoral: está prohibido hacer actos públicos para captar votos

El miércoles entró en vigencia la prohibición de realizar actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio, según el calendario electoral.

Entrada en vigencia la prohibición de realizar actos y anuncios públicos de gestión que puedan promover la captación del sufragio, los precandidatos que cumplen actualmente funciones en el ejecutivo provincial, como el gobernador Raúl Jalil, o los intendentes que van por la reelección en sus municipios, deberán deberán recurrir a mecanismos diferentes a los utilizados hasta el momento para evitar incumplir con el Código Electoral Nacional.

La veda, contempla que los precandidatos ya no podrá hacer uso de los cortes de cinta o los grandes anuncios de proyectos de gestión de cara a las PASO del próximo 13 de agosto. Así lo especifica el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, Ley 19.945 que establece: "Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo".

La normativa remarca además que está prohibido "la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten".