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Tasas municipales: hasta cuándo se puede pagar

Se extiende hasta el 31 de marzo el plazo para acceder a los beneficios por el pago anual de las Tasas Municipales para los vecinos de las zonas I, II y III; mismo día en que vence el plazo para las zonas IV, V y VI.

De esta manera, las y los vecinos cuentan con mayor tiempo para acceder a los importantes descuentos que llegan hasta el 35% en el pago de las tasas municipales.  

Tasas de inmueble y cementerio

  • 30% para contribuyentes que no posean deuda registrada en Rentas Municipal.
  • 25% para contribuyentes que tengan deuda, pero que la misma este dentro en un plan de pago y que esté al día.
  • 35% para tasas de servicios urbanos para jubilados, pensionados, discapacitados y trabajadores municipales.

Los requisitos para los jubilados son: recibo de sueldo, DNI, e instrumento legal del inmueble. (Solo por pago anticipado)

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  • 3 y 6 cuotas sin interés

Solo por la web

  • Tasa de cementerio (descuento anual del 30% y 25%)
  • Para contribuyentes que posean mausoleos con concesión anual por limpieza, conservación, vigilancia y desinfección.

Requisitos para el beneficio del 30%

  • Abonar la totalidad de la obligación tributaria hasta el vencimiento del 1º anticipo.
  • No poseer deudas de periodos fiscales anteriores.
  • Adherirse o estar adherido al cedulón electrónico

Requisitos para el beneficio del 25%

  • Abonar la totalidad de la obligación tributaria hasta el vencimiento del primer anticipo
  • Poseer deudas por periodos fiscales anteriores pero que se encuentren regularizadas mediante régimen de facilidades de pago.
  • Adherirse o estar adherido al cedulón electrónico.

Tasa de servicios urbanos

  • 35% de descuento especial para jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo, quienes perciban como único ingreso una pensión no contributiva, personas con capacidades restringidas, trabajadores y trabajadoras municipales.

Los requisitos son:

  • Poseer un solo inmueble destinado como casa.
  • No poseer deuda de periodos fiscales anteriores.
  • Abonar la totalidad de la obligación tributaria hasta el vencimiento del primer anticipo.
  • Adherirse o estar adherido al cedulón electrónico.

La documentación a presentar

  • Copia del último recibo de haberes o de la pensión no contributiva
  • Copia del DNI o libreta de enrolamiento que conste que el domicilio del solicitante sea el mismo que del que solicita el descuento
  • Certificado de capacidad restringida emitido por autoridad competente e instrumento que acredite la titularidad del inmueble según cada caso.