
El Gobierno nacional dispuso un nuevo esquema regulatorio para los productos de tabaco y nicotina, incluyendo vapeadores y bolsas de nicotina. La medida se dio a conocer a partir de la publicación de la Resolución 549/2026 del Ministerio de Salud. La decisión, oficializada este lunes en el Boletín Oficial, establece un sistema de registro obligatorio y controles sanitarios para su comercialización en todo el país. Esto viene en reemplazo del esquema de prohibición vigente hasta ahora.
Según se informó, la decisión busca responder al crecimiento del consumo, especialmente entre adolescentes, y avanzar hacia un modelo de fiscalización que permita garantizar estándares mínimos de calidad y seguridad. Datos recientes señalan que estos dispositivos alcanzaron una prevalencia del 35,5% en jóvenes durante el último año.
Un cambio de enfoque
Desde la cartera sanitaria explicaron que “la medida tiene como objetivo reemplazar la prohibición por un sistema de registro, control y fiscalización específico”, en línea con experiencias internacionales.
En este marco, los vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos de tabaco calentado pasan a ser considerados productos elaborados con tabaco, por lo que deberán cumplir con la normativa vigente, incluyendo advertencias sanitarias obligatorias y restricciones en su presentación.
Qué establece la nueva norma
La resolución incorpora una serie de limitaciones y requisitos:
- Solo se permitirán sabores tabaco y mentol en determinados productos.
- Se prohíben los dispositivos electrónicos descartables.
- No podrán utilizarse diseños atractivos para menores ni publicidad engañosa.
- Será obligatoria la inscripción en el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina.
Además, las empresas deberán presentar información técnica detallada, estudios toxicológicos y datos sobre el consumo para su evaluación.
El nuevo registro permitirá clasificar los productos, monitorear su circulación y ajustar las regulaciones en función de la evidencia disponible. Aquellos que no estén inscriptos no podrán ser comercializados ni importados.

