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Depósito ANSES: $500.000 para pensionados en Catamarca

Por Redacción Inforama
Los beneficios administrados por la Administración Nacional de la Seguridad Social cerrarán el año con una revalorización vinculada al índice de precios al consumidor, un complemento extraordinario y la acreditación del sueldo anual complementario. El organismo ya estableció los importes definitivos y el mecanismo de liquidación para cada componente del haber mensual.

La disposición abarca a diferentes colectivos dentro del sistema previsional, incluyendo a jubilados, titulares de Pensiones No Contributivas y beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor. Tanto el refuerzo como el aguinaldo se depositarán de manera conjunta con el cobro habitual, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

Valores de las pensiones de ANSES para diciembre

Considerando el incremento establecido por la fórmula de movilidad basada en el IPC de diciembre y los complementos correspondientes, los pagos del último mes del año quedarán configurados de la siguiente manera:

  • PNC por invalidez o vejez: $427.923,56
  • PNC para madres de siete hijos o más: $581.319,38
  • PUAM: $479.055,50
  • Jubilación mínima: $581.319,38
  • Jubilación máxima: $3.440.695,38

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario se acreditará el mismo día en que cada persona percibe su prestación mensual. El ajuste del 2,34% tiene como objetivo compensar el efecto del aumento de precios y mejorar el poder adquisitivo de quienes reciben los haberes más bajos.

Destinatarios del bono de $70.000

El complemento extraordinario está orientado a tres grupos específicos dentro del sistema previsional:

  • Jubilados y pensionados del régimen general (SIPA): Serán beneficiarios aquellos cuyos haberes se encuentren dentro del límite establecido por el decreto correspondiente.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): Al equivaler esta prestación al 80% de la jubilación mínima, queda comprendida dentro del beneficio.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC): Incluye a la Pensión por vejez, Pensión por invalidez y Pensión para madres de siete hijos o más.

El único requisito exigido es que la prestación se encuentre activa durante diciembre. Este refuerzo no tiene carácter remunerativo, no genera aportes y no forma parte del cálculo del Sueldo Anual Complementario.

Metodología de cálculo del aguinaldo

El sueldo anual complementario corresponde al 50% de la mejor remuneración mensual del semestre. Para determinarlo se toman en cuenta:

  • El haber bruto más elevado del período.
  • Se aplican las deducciones habituales (jubilación, obra social y otros aportes).
  • El resultado final constituye el monto neto que se deposita.

Quedan excluidos todos los montos que no poseen carácter remunerativo, incluido el bono extraordinario.