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Cómo votan las personas con discapacidad y adultos mayores: derechos, asistencia y prioridad en Catamarca

No se trata solo de habilitar la urna: el sistema electoral argentino prevé medidas específicas para garantizar que el voto sea accesible. Qué herramientas existen, quién puede asistir, qué pasa si la persona no puede firmar y en qué casos se utiliza la Mesa de Votación Accesible.

Por Redacción Inforama

Las elecciones también son un ejercicio de inclusión y no todos los electores atraviesan el proceso del mismo modo. Por eso, la Justicia Nacional Electoral contempla medidas de accesibilidad electoral orientadas a personas con discapacidad, movilidad reducida, adultos mayores, embarazadas o personas con niños a cargo.

Entre los derechos garantizados se destacan:

  • Prioridad para votar, sin necesidad de esperar en fila.
  • Posibilidad de votar en la Mesa de Votación Accesible (MVA), ubicada en el ingreso del establecimiento.
  • Acompañamiento por una persona de confianza (voto asistido).
  • Uso de perro guía o de asistencia, con acceso permitido a la cabina.
  • Si no puede firmar, la autoridad de mesa lo hace en su lugar, dejando constancia.

El manual de capacitación para autoridades de mesa aclara que “no todas las discapacidades son visibles”, lo que implica que el trato debe ser respetuoso, sin exigir acreditaciones médicas ni papeles adicionales.

Cuando la persona opta por la Mesa Accesible, se trasladan hasta allí la BUP, la urna nacional y la urna provincial, garantizando que el sufragio quede registrado en la mesa donde figura empadronado.

Estas medidas no son un favor ni una concesión: son derechos respaldados por ley, diseñados para que el voto sea realmente universal.