
Este jueves, el Tribunal de la Cámara Penal N°1, integrado por los jueces Fernando Esteban, Daniela Barrionuevo y Mauricio Navarro Foressi, dictó una condena de tres años de prisión en suspenso contra un hombre hallado culpable de abuso sexual simple agravado por el grave daño en la salud mental de la víctima. Los hechos juzgados ocurrieron en el año 2021 en la localidad de Fray Mamerto Esquiú.
Según la acusación de la fiscalía, el imputado ingresó dos veces al local comercial de la víctima, aprovechando que se encontraba sola, y la manoseó en sus partes íntimas. Estas agresiones provocaron secuelas emocionales importantes en la mujer, lo que motivó el agravamiento de la imputación original. Durante el inicio del juicio, el acusado admitió los hechos y pidió disculpas, lo que fue considerado por el tribunal como atenuante.
La víctima brindó un testimonio detallado y coherente, ratificando la denuncia presentada en 2021 y describiendo el impacto psicológico que el abuso generó en su vida cotidiana. Tras escuchar a las partes, se resolvió no continuar con la presentación de testigos, pasando directamente a la etapa de alegatos. El fiscal Alejandro Dalla Lasta solicitó tres años de prisión en suspenso y una serie de restricciones, como la prohibición de acercamiento y la obligación de tratamiento psicológico, medidas que fueron acompañadas por la querella y aceptadas por la defensa.
El tribunal consideró probada la responsabilidad penal del acusado y señaló la gravedad de la conducta, a pesar de su falta de antecedentes. En su fallo, los jueces destacaron que la violencia sexual “deja marcas profundas que trascienden el hecho puntual y afectan la integridad psíquica de quien la padece”. Por unanimidad, resolvieron aplicar la pena de prisión en suspenso, sujeta a reglas de conducta estrictas que incluyen no acercarse ni comunicarse con la víctima, cumplir tratamiento psicológico y abstenerse de cometer nuevos delitos.