
La Justicia Federal asestó un duro revés al Gobierno Nacional al declarar inválido, en un caso puntual, el veto a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo fue dictado por el Juzgado Federal de Campana en el marco de un recurso de amparo presentado por dos personas contra el Estado Nacional. Si bien la medida tiene efectos limitados al caso concreto, sienta un precedente jurÃdico relevante frente al Decreto 534/2025.
En su resolución, el juez declaró la invalidez del artÃculo 3 del decreto presidencial que habÃa vetado completamente la Ley 27.793. El tribunal ordenó a la obra social correspondiente restituir y adecuar las prestaciones de salud para dos menores de edad, B.N. e Y.N., conforme a lo que establecÃa la ley vetada. Además, impuso al Estado Nacional el pago de las costas del proceso.
La acción de amparo fue promovida por los ciudadanos O.G.J. y D.R.N., y fue parcialmente aceptada por la Justicia. La medida obliga a la cobertura integral de las necesidades de las niñas involucradas, en concordancia con los beneficios que otorgaba la norma suspendida por el Poder Ejecutivo. El fallo no tiene alcance general, pero abre el camino para futuras presentaciones judiciales similares en distintos puntos del paÃs.
Aunque el Gobierno aún puede apelar, esta es la primera decisión que judicializa con éxito el veto a la ley de emergencia en discapacidad. Especialistas en derecho constitucional y discapacidad ya señalan que este fallo podrÃa convertirse en un hito legal para la protección de los derechos de las personas con discapacidad frente a medidas administrativas regresivas.