Durante el día de ayer se presentó una reunión informativa sobre el Registro de Prestadores Turísticos, a través de la Dirección de Calidad Turística y el acompañamiento del Municipio de Los Altos. Se presentaron al evento una múltiple cantidad de interesados en aprender más acerca de los requisitos de inscripción para ser Prestador de Servicios Turísticos en la Provincia.
La anotación en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos y es una obligación según la Ley 5267 posee carácter constitutivo de la calidad de prestador de servicios turísticos, y habilita a su titular a ejercer la actividad para la cual obtuvo inscripción. Con el registro tendrán cubierto parte de los requisitos indispensables para ser acreedores de créditos provinciales y nacionales para mejoras y actualizaciones.
Es importante remarcar que el Registro de Prestadores Turísticos de Catamarca (REPRESTUR) fue creado en el marco de la Ley 5.267, mediante el cual deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas comprendidas en el artículo 3 de dicha normativa: Alojamiento, Transporte, Guías de Turismo, Guías de Turismo de Montaña, Turismo Activo, Gastronomía, entre otros.