El día martes, ingresó a Diputados el esperado proyecto de Ley de Emergencia Económica, la apuesta del Gobierno provincial para atravesar la crisis económica nacional.
Una de las propuestas más llamativas es la opción del retiro voluntario, que si bien no es una alternativa novedosa, sí puede llegar a tentar a algunos trabajadores.
En ese sentido, el Dr. Marcelo Galindo, explicó de qué se trata y cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio.
“Es un proyecto que entró a la Cámara de Diputado, que el Poder Ejecutivo Provincial quiere implementar en el marco de la Emergencia Económica que hay en el país, una forma de invitar a la gente a retirarse del circuito laboral”, indicó.
Y agregó que se trata de una invitación que hace el Estado, “en ningún momento está obligado”. Si la persona opta por él, se le abona un porcentaje cuando se retira.
Galindo también explicó que el Poder Ejecutivo establece tres tipos de retiro voluntario para los tres poderes. Y que además, “puede ser para los municipios, para el Tribunal de Cuentas, que es muy importante porque también hay gente que quiere salir del sistema”.
En tanto que las reparticiones públicas que están excluidas, según comentó a TVEO, son: los docentes que están frente al grado, los directores de servicios de salud esencial, las personas que tienen un sumario administrativo o proceso penal, el personal aeronáutico.
También, de acuerdo a la letra del proyecto, se excluyen a los agentes que integren el escalafón seguridad, agentes cuyas vacantes irremediablemente deben ser cubiertas para no resentir el servicio público que ejerzan, autoridades superiores, personal fuera de nivel y personal de Gabinete, agentes que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley hubieran presentado su renuncia al cargo, estando pendiente de aceptación, empleados que a la fecha de la solicitud se encuentren en condiciones de obtener un beneficio previsional o titulares de una jubilación o retiro, personal afectado a tareas de Administración de Sistemas Informáticos Críticos.
Los requisitos son: estar en planta permanente y que se encuentren en efectivo servicio al 31 de diciembre de 2023. Además, que posean cinco (5) años o más de antigüedad en sus cargos.
En este aspecto, el proyecto detalla que los agentes sujetos a dicho régimen “percibirán una prestación pecuniaria mensual irrevocable, cuya efectivización se verificará en forma simultánea con el pago de los haberes de los agentes públicos en actividad. La prestación será proporcional a la remuneración bruta correspondiente a su situación de revista e incluirá los adicionales particulares y generales, suplementos y compensaciones”.
Para el cálculo de la prestación, “sólo se tendrá en cuenta el monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del adicional Cuenta Incentivo instituido por el Decreto Acuerdo Nº1471/2020 y sus modificatorios para el personal de la Agencia de Recaudación de Catamarca (ARCA) y cualquier otro adicional, complementos, Sumas Fijas y/o Bonificaciones de carácter general, particular, específico y/o por función ya sean éstos de carácter remunerativo y/o no remunerativo cuyas normas regulatorias prevean cláusulas y/o formas de actualización automática. No se tendrán en cuenta aquellos adicionales cuya fuente de financiamiento no sea provincial y tampoco se tendrá en cuenta lo percibido por horas extraordinarias”, dice la norma.
Asimismo, “la prestación incluye solamente 12 pagos mensuales por año. A los fines de calcular el porcentaje de la prestación a recibir durante la pasividad, se computarán las siguientes pautas, a razón de los años que le falten al agente para acceder a su beneficio jubilatorio: Hasta 5 años o menos se liquidará el 80% Hasta 7 años se liquidará el 75% Hasta 10 años se liquidará el 70% Hasta 14 años se liquidará el 60% Desde 15 años en adelante se pagará el 50%”.
Galindo también recalcó que al tratarse de un proyecto, está sujeto aún a su aprobación por la Legislatura, y eventualmente, a sufrir determinadas modificaciones como por ejemplo en el cálculo del porcentaje.
“Es una buena oportunidad que tienen las personas, inclusive de poder dedicarse a otras funciones, no dentro de la Administración Pública, pero establecer otro tipo de emprendimiento.”, finalizó.