La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo emitió un fallo trascendental al resolver el amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), declarando que el capítulo 4 del DNU 70/2023, impulsado por el presidente Milei, es inconstitucional.
Este fallo, firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, representa un hito en la disputa entre los poderes judiciales y políticos en torno a la reforma laboral propuesta por el gobierno nacional.
Los magistrados, en su sentencia, destacaron la falta de justificación para la emisión del DNU, especialmente en lo que respecta a la omisión del Congreso en el proceso legislativo.
Cuestionaron la premura y la ausencia de una urgencia evidente que justificara eludir la intervención del poder legislativo en la reforma laboral. Además, subrayaron la demora en el trámite de revisión del DNU en el Congreso, indicando que las circunstancias postpublicación del decreto no reflejaban la premura necesaria dada la situación socioeconómica del país.
La CGT, en su reclamo contra la reforma laboral, encontró respaldo en el fallo judicial que reconoció la inconstitucionalidad de varios artículos críticos del DNU. La jueza nacional del Trabajo, Liliana Rodríguez Fernández, invalidó seis artículos fundamentales de la reforma, destacando su impacto directo en los derechos e intereses de la central obrera.
Entre los artículos anulados se encuentran disposiciones relacionadas con la retención de la cuota sindical, la regulación de la negociación colectiva y el derecho de realizar asambleas sindicales.
La disputa legal entre la CGT y el Estado Nacional continúa, con ambas partes apelando la decisión judicial. Mientras la central obrera busca la anulación completa del DNU, el Estado argumenta la necesidad de actualizar el régimen laboral en el contexto de una emergencia nacional y la inserción del país en el mercado económico internacional.